miércoles, 28 de octubre de 2009
Darán asueto en Argentina para segunda vuelta
Argentina confirmó que dará asueto a los uruguayos residentes en el vecino país para venir a votar en las elecciones de noviembre. Así lo afirmó el embajador argentino en nuestro país, Patiño Mayer.
Argentina confirmó que dará asueto a los uruguayos residentes en el vecino país para venir a votar en las elecciones de noviembre. El embajador argentino, Patiño Mayer, afirmó a Montevideo Portal que pedir el levantamiento del corte en Arroyo Verde "es una actitud constante" del gobierno argentino.
Así lo confirmó el embajador argentino en nuestro país, Patiño Mayer durante la celebración de los 122 años del cuerpo de Bomberos.
Unos 13 mil argentinos llegaron el pasado domingo a nuestro país, sólo por Buquebús, por lo que la llegada de los residentes en Argentina podría ser definitoria para los resultados electorales de la segunda vuelta.
En conversación con Montevideo Portal, el Embajador Mayer destacó que existe una ley, para los ciudadanos de los países limítrofes que trabajan en el sector privado, mientras que para los funcionarios públicos el asueto se habilita a través de un decreto que será firmado en los próximos días.
Consultado sobre la posibilidad de que el gobierno argentino pida a los asambleístas que levanten el corte en Arroyo Verde, Mayer respondió: "Lo venimos haciendo permanentemente, es una actitud constante de nuestro gobierno".
A todo esto, la empresa Buquebús ofrecería descuentos similares a los que otorgó para las elecciones de octubre, según informó este martes el diario Últimas Noticias. El Frente Amplio busca facilitar también la llegada de uruguayos residentes en otros países de América Latina, España y Australia.
Fuente: Montevideo Portal
domingo, 25 de octubre de 2009
miércoles, 14 de octubre de 2009
Impedir el voto en el exterior.
Pablo Galain Palermo (x)
En Uruguay no solo existe el derecho a votar y ser electo sino que es obligatorio votar. Sin embargo, los uruguayos obligados a ejercer este derecho son solo aquellos que se encuentren en territorio uruguayo el día de la elección. Una norma de la Constitución uruguaya impide el ejercicio del voto a los uruguayos que se encuentren en el exterior. En las próximas elecciones nacionales la modificación de esta norma prohibitiva será puesta a consideración de los ciudadanos a través de un Plebiscito.
Amplíe la nota en mercosurnoticias.com
Si al voto-
sábado, 19 de setiembre de 2009
domingo, 13 de setiembre de 2009
Buenos Aires en campaña
El Consejo Consultivo de Buenos Aires, invita a todos a sumarse a una nueva actividad, el 19 de septiembre nos reunimos a sumar voluntades para invitar a los compatriotas en Uruguay a que apoyen ésta iniciativa, que acompañen poniendo la papeleta blanca SI al voto en el exterio.
El sábado 19 de septiembre a las 16 hs. en la sede de la Escuela de Música del Río de la Plata, Humahuaca 4248 entre Gascón y Palestina.
viernes, 28 de agosto de 2009
VOTO EXTERIOR - Charla con el Dip. Ortuño
domingo, 23 de agosto de 2009
Como distribuir inteligencia.
Aqui compartimos una entrevista de Mujica, dando cuenta del interés que habra de plasmar en caso de ganar el gobierno nacional, en respaldar los ámbitos de conocimiento.
Por José "Pepe" Mugica
Cómo distribuir inteligencia
16-08-2009 / El semanario Búsqueda tiene una hermosa frase que usa como insignia: “Lo que digo no lo digo como hombre sabedor, sino buscando junto con vosotros”. Por una vez estamos de acuerdo. ¡Si estaremos de acuerdo!
http://www.elargentino.com/
viernes, 21 de agosto de 2009
CCBA suma en nota por el voto
Estimados compatriotas,
Al fin y al cabo éste Consejo Consultivo de Buenos Aires ha podido dar tratamiento acabado al tema en cuestión y ha resuelto sumarse con su respaldo a la última versión que se conoció de la nota.
En el día de hoy solicité la ultima versión a Jorge Eiris, para dar lectura al texto en reunión de delegados y Mesa Ejecutiva, pero no he recibido esta. Con lo cual, asumimos el espíritu de la nota con la cual definitivamente estamos de acuerdo, en el entendido que no podrá vislumbrarse un camino claro hacia el ejercicio pleno de nuestra ciudadanía hasta tanto no se resuelva en términos constitucionales el derecho al voto desde el exterior.
El haber abordado estas semanas temas de suma importancia para el CCBA, relativos a las elecciones abiertas, resoluciones que compartiremos oportunamente, dimos tratamiento a la campaña del voto en el exterior, como primera medida resolviendo apoyar la nota, y seguidamente, composición de una agenda de actividades junto a personalidades y legisladores a llevarse a cabo en Buenos Aires, junto a una propuesta de acto público a ofrecer a la Comisión del Voto en el exterior para mediados de Septiembre.
Saludo atentamente,
Carlos Maciel
Secretario CCBA
viernes, 14 de agosto de 2009
El plebiscito para reglamentar el voto desde el exterior
Aprobada por el Parlamento la modificación del artículo 77º de la Constitución Nacional, agregando un inciso, el 13º, por el cual se reglamenta el ejercicio del sufragio en las elecciones nacionales, departamentales y en los plebiscitos o referendos y se comete a la Corte Electoral la implementación de los mecanismos necesarios para que así puedan ejercer sus derechos los ciudadanos orientales independientemente del lugar donde residan o se encuentren a la fecha del acto electoral, corresponde que la ciudadanía ratifique con el voto por SI el día 25 de octubre próximo, simultáneamente a la elección de las autoridades nacionales.
Es necesario para ratificar la modificación el voto de la mitad de los ciudadanos que concurran a votar, más un voto.
Aproximadamente 1.150.000 votos por SI van a ser necesarios.
Uruguay es, al presente, uno de los pocos países que no permiten el voto de los ciudadanos desde el exterior; en América, sólo en Chile y Paraguay no existe el voto epistolar o consular.
En cada acto electoral vemos que vienen a votar miles de orientales residentes en el exterior; son los que afortunadamente tienen recursos para los pasajes y logran autorización en sus trabajos para faltar varios días.
Pero no son únicamente los ciudadanos que residen fuera del país los que no pueden ejercer su derecho cívico, muchos funcionarios del servicio exterior se ven impedidos de votar, los orientales que integran las fuerzas de las Naciones Unidas, sea en el Congo, en Eritrea en Haití o en cualquier otro lugar del mundo, están privados de su derecho, los ciudadanos que cumplen funciones aun en territorio oriental, como en la base antártica, están en la misma situación.
Por el contrario, son miles los orientales que por tener ascendencia extranjera tramitan y logran votar en los países de donde sus padres o abuelos son originarios.
Algunos de ellos incluso son candidatos a senadores o a diputados en los países de sus ascendientes; para poner sólo un ejemplo es notorio el caso del ciudadano oriental señor Aldo Lamorte, ex presidente del extinto partido Unión Cívica, que no solamente vota en las elecciones italianas, sino que se postuló para el cargo de senador por ese país.
Esperamos que la mayoría de los ciudadanos ratifiquen la modificación del Artículo 77º, y sobre todo que ningún oriental con doble ciudadanía deje de hacerlo, pues si considera válido tener derecho a votar en otro país, no siendo nativo, sino por ser descendiente, es lógico que apoye el voto de los orientales que por diferentes causales, incluso por estar al servicio del país, se ven impedidos de ejercer sus derechos ciudadanos.
(*) Ex presidente de la Junta Electoral de Montevideo.
lunes, 13 de julio de 2009
Voto x Uruguay!!!
Si queres apoyar esta reivindicación de derechos, mandà tu testimonio. No es necesario tener una cámara de video, lo podes hacer con una cámara de fotos digital o con el celular. Lo podes mandar por mail a comosion.votoenelexterior@gmail.com o subirlo a youtube.
Porque el Uruguay lo construimos entre todos; un uruguayo, un voto.
sábado, 27 de junio de 2009
Circular 8246 - Corte electoral - 20/06/09
Para acceder al documento completo ingrese al sitio del Consejo Consultivo de Buenos Aires.
domingo, 7 de junio de 2009
miércoles, 20 de mayo de 2009
UN PAIS SIN EXCLUIDOS
viernes, 17 de abril de 2009
El 61% de los uruguayos está a favor del voto epistolar
jueves, 9 de abril de 2009
sábado, 7 de marzo de 2009
Inciativa parlamentaria
El texto del proyecto propuesto establece, “ Agréguese al artículo 77 de la Constitución el siguiente numeral: 13º.- Los ciudadanos uruguayos habilitados para votar tienen derecho a ejercer el sufragio en elecciones, plebiscitos o referéndum, desde cualquier país donde residan o se encuentren. A tales efectos la Corte Electoral reglamentara el envío de las hojas de votación a los ciudadanos inscriptos, al domicilio donde residan. Adoptará asimismo los criterios de seguridad necesarios para garantizar la autenticidad del voto. Este derecho podrá ejercerse, indefectiblemente, a partir de las elecciones de 2014" El numeral B del artículo 331 de la Constitución permite a los legisladores impulsar “proyectos de reforma que reúnan dos quintos del total de componentes de la Asamblea General, presentados al Presidente de la misma, los que serán sometidos al plebiscito en la primera elección que se realice”, mecanismo elegido en este caso por el Frente Amplio que cuenta con 69 legisladores, superando los 52 que representan los dos quintos exigidos.El Diputado Edgardo Ortuño, miembro informante del proyecto original de voto epistolar y promotor de una página web en la que se expresaron cerca de tres mil uruguayas y uruguayos desde los cinco continentes sobre sus derechos como ciudadanos, reseñó los argumentos que fundamentan esta iniciativa: “Tenemos la necesidad de encarar el tema de la emigración como política de Estado por la importancia social ineludible que esta tiene, desde una concepción inclusiva del país y una perspectiva de derechos, integrando a los que se han ido, canalizando sus capacidades de aporte las nuevas tecnologías multiplicaron, estableciendo puentes para el retorno y multiplicidad de vínculos con nuestra gente esparcida por el mundo.
jueves, 5 de marzo de 2009
Ejercicio pleno de ciudadanía.
Es conocido el aporte que los uruguayos en el exterior vienen ofreciendo, lo que aún no conocemos es todo lo que aún podemos llegar a dar en beneficio de las colectividades en el exterior y el propio país; pues estos últimos años hemos estado indagando precisamente esto a traves de la tarea incansable en los espacios de participación ciudadana, reconocidos por la Ley 18250 en su articulo 74, los Consejos Consultivos.
Es ésta inédita sinergia organizada donde están surgiendo nuevas formas de participación democrática e inclusiva, la ciudadanía ha demostrado compromiso, responsabilidad y convicción, y es impostergable suplir la necesidad de ejercer nuestra ciudadanía plenamente, sin distinción alguna, como ciudadanos de la nación uruguaya.
En varias ocasiones hemos destacado muchas experiencias en el mundo, donde la concepción de ciudadanía y nación están adecuadas a un contexto global de integración, de preservación de identidad y sentido de pertenencia. En ésta ocasión, nos gratifica ver la experiencia de los gallegos y vascos, que en ésta región del mundo nos toca de cerca y sabemos de su incuestionable sentido de pertenencia y colaboración con su nación.
La nación gallega supera los dos millones de ciudadanos, de los cuales 335.357 residen en el exterior; 121.000 en Argentina y éste domingo pasado han tenido a posibilidad de ejercer plenamente su ciudadanía a traves del voto. Y saben que?, de esos mas de 100.000 residiendo en Argentina, el 65% no nacieron en Galicia, son hijos o nietos de inmigrantes, creo que este dato significativo también nos dice algo.
En el País Vasco hubieron habilitados 1.776.006 ciudadanos para votar, 43.660 residen el exterior.
Los uruguayos somos un bien escaso, debemos saber cuidarlos. Cerca del 20% de la ciudadanía reside en el exterior y Uruguay no puede dejar de integrar esta enorme fuerza creativa y productiva.
domingo, 1 de marzo de 2009
CREDENCIAL CIVICA
Es el único documento que acredita identidad en el acto de comparecer ante las comisiones receptoras de votos en los actos electorales, como son las elecciones nacionales, departamentales, internas de los políticos, plebiscitos, referéndum, o ante las comisiones receptoras de adhesiones en los actos preparatorios del recurso de referéndum.
Deben gestionarla obligatoriamente todas las personas nacidas en el territorio de la República y que cumplan los 18 años de edad al día domingo 9 de mayo de 2010 inclusive.
¿ Quiénes las expiden?
Las Oficinas Electorales Departamentales. (Descargar listado de Direcciones y Teléfonos de las Oficinas Electorales Departamentales.)
¿Dónde y cuándo se realiza el trámite de solicitud?
• En Montevideo en 25 de Mayo 567. De lunes a viernes de 8:45 a 19 horas.
• En el Interior en las Oficinas Electorales Departamentales y en el departamento de Canelones, además, en las Oficinas Inscriptoras Delegadas Permanentes de Pando, Las Piedras y Ciudad de la Costa. De lunes a viernes de 8:45 a 19 horas.
• En las localidades no capitales y zonas rurales, en las Oficinas Inscriptoras Delegadas Móviles, en fechas previstas en los planes inscripcionales de cada departamento que se publican oportunamente, en los medios de prensa, y que además se puede consultar en la página web de la Corte Electoral.
• El período inscripcional, establecido por ley, se extiende desde el mes de julio del año siguiente a toda elección nacional (presidencial y legislativa) hasta el 15 de abril del año en que se realicen las siguientes elecciones nacionales. En el presente período, se extiende, hasta el 15 de abril de 2009.
¿Qué se necesita para realizarlo?
• Tener 18 años de edad cumplidos o a cumplirse en la fecha o antes de las próximas elecciones departamentales (que tendrán lugar el domingo 9 de mayo de 2010).
• Documento público o privado conteniendo fotografía, que acredite su identidad y en el que figuren los mismos datos patronímicos de su partida de nacimiento.
• Si es nacido dentro del territorio de la República: » Testimonio de Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (expedidos por el Registro de Estado Civil o la Intendencia Municipal respectiva). El testimonio de partida de nacimiento es gratuito para tramitar la obtención de la credencial cívica.
• Si es nacido fuera del territorio de la República, hijo de padre o madre uruguayos ( u “orientales”): » Testimonio de Partida de Nacimiento visada, legalizada y, si correspondiere, traducida por Traductor Público; o testimonio de la inscripción de su nacimiento en el libro de extranjeros del Registro de Estado Civil. » Testimonio de Partida de Nacimiento de su padre o madre uruguayo (u oriental). » Certificado de avecinamiento (Ver el procedimiento para obtener el "Certificado de Avecinamiento"), expedido por la Corte Electoral durante el período inscripcional vigente.
• Si es ciudadano legal» Carta de Ciudadanía (Ver el procedimiento para obtener la "Carta de Ciudadanía") expedida por la Corte Electoral, con más de tres años de otorgada.» Si es extranjero, no es ciudadano legal y no desea obtener la ciudadanía legal.» Certificado de Residencia (Ver el procedimiento para obtener el "Certificado de Residencia") expedida por la Corte Electoral.
Para tener en cuenta:
Costo: No tiene.Solicitud: En forma personal.Validez: la nueva fotografía no tendrá una validez de más de 15 años.
viernes, 27 de febrero de 2009
FA aprobará en el Parlamento plebiscito por voto del exterior.
EL OFICIALISMO CUENTA CON LOS LEGISLADORES NECESARIOS PARA IMPULSAR UN LLAMADO A CONSULTA POPULAR
El tema será analizado por la Asamblea General en la segunda quincena de marzo. La oposición critica la iniciativa y el FA dice que está cumpliendo una promesa electoral
POR GONZALO FERREIRA DE LA REDACCIÓN DE EL OBSERVADOR
En menos de un mes, los legisladores del Frente Amplio lograrán que el Parlamento apruebe un proyecto de reforma constitucional que será plebiscitado junto a las elecciones nacionales de octubre próximo, con la intención de habilitar el voto de los uruguayos en el exterior, a partir del año 2014. El camino elegido requiere contar con dos quintos (52 votos) del total de 130 legisladores, y el FA tiene 69 parlamentarios que le asegurarán la aprobación del texto.
Para tales fines, la Asamblea General será convocada durante la segunda quincena de marzo, informó a El Observador el coordinador de la bancada de Diputados del FA, Diego Cánepa, quien ya acordó esa sesión con el vicepresidente Rodolfo Nin Novoa.
Tras la decisión del Congreso del Frente Amplio de diciembre pasado y del Secretariado Ejecutivo después, la bancada de legisladores del oficialismo decidió convocar nuevamente a una Asamblea General –tal como lo hizo esta semana por la Ley de Caducidad– para debatir un tema con el cual la oposición tiene amplios reparos (ver recuadro).
Según dijo a El Observador el diputado Edgardo Ortuño (Vertiente Artiguista), uno de los principales impulsores de la propuesta, con la decisión tomada el FA simplemente está cumpliendo con una promesa electoral realizada en la campaña de 2004.
“Estamos cumpliendo con el compromiso asumido con los uruguayos en el exterior y con el objetivo de lograr una concepción mucho más inclusiva del Uruguay”, señaló Ortuño.
Durante esta legislatura el FA propuso una ley que habilitaba el voto epistolar. Por ser esa una iniciativa legal de carácter electoral, requería el voto de dos tercios de los legisladores, algo con lo que el oficialismo no cuenta.
Ese proyecto se puso a consideración en Diputados y fracasó.
Tras ese resultado, los legisladores del FA optarán ahora por impulsar una reforma constitucional y saben que tienen las mayorías necesarias para convocar a plebiscito.
Contenido. La reforma propuesta por el oficialismo es “abierta” y permite que mediante la reglamentación que tendrá que realizar la Corte Electoral se habilite el voto de los uruguayos en el exterior, tanto por la vía epistolar como consular, o incluso por ambas.
El texto a plantear establece que será también la Corte Electoral la que deberá asumir “los criterios de seguridad necesarios para garantizar la autenticidad del voto”.
Más allá de que la propuesta es abierta, señala el camino del voto epistolar como el más probable, al obligar a la Corte Electoral a enviar a todos los uruguayos en el exterior las listas al domicilio donde residan.
De todas formas el proyecto no establece cómo será remitido el voto a Uruguay. No señala si deberá ser devuelto mediante correspondencia o, por el contrario, a través de los consulados uruguayos más cercanos a la ciudad de residencia.
El articulado propuesto para la reforma constitucional, al que accedió El Observador (ver apunte), establece que el voto de los ciudadanos habilitados es un “derecho” al que pueden acceder todos los uruguayos “desde cualquier país donde residan o se encuentren”.
Mecanismos. El artículo 331 de la Carta Magna establece que el primer camino para su reforma es a través de la iniciativa popular mediante la recolección de firmas, tal como se eligió para la anulación de la Ley de Caducidad.
El segundo inciso de ese artículo –que es el elegido por el FA para el voto desde el exterior– establece que la Constitución podrá reformarse “por proyectos de reforma que reúnan dos quintos del total de componentes de la Asamblea General, presentados al presidente de la misma, los que serán sometidos a plebiscito en la primera elección que se realice”.
La cifra 600.000 son los uruguayos que residen en el exterior, según la Cancillería.
Para la oposición la iniciativa tiene “ánimo electoral”
Blancos y colorados discrepan totalmente con la idea de que puedan votar en comicios nacionales los uruguayos que viven en el exterior. Asimismo advierten que la idea del oficialismo responde a un ánimo electoral, por entender que la mayoría de los inmigrantes votan a la izquierda.Cuando en 2007 la Cámara de Diputados analizó el proyecto de ley sobre voto epistolar presentado por el oficialismo, la oposición acusó al FA de intenciones electorales. Para el diputado Edgardo Ortuño, miembro informante en aquella oportunidad, ese argumento es falso ya que el FA ahora lo propone para las elecciones del 2014. “Se opta por un camino que despeja la cuestión de los intereses meramente electorales que no se puede atribuir a esta iniciativa”, dijo Ortuño a El Observador.
Texto de reforma propuesto por el FA
El texto que propone el Frente Amplio para la reforma de la Constitución es el siguiente: “Agréguese al Artículo 77 de la Constitución el siguiente numeral: 13º. Los ciudadanos uruguayos habilitados para votar tienen derecho a ejercer el sufragio en elecciones, plebiscitos o referéndum, desde cualquier país donde residan o se encuentren. A tales efectos la Corte Electoral reglamentará el envío de las hojas de votación a los ciudadanos inscriptos, al domicilio donde residan. Adoptará asimismo los criterios de seguridad necesarios para garantizar la autenticidad del voto. Este derecho podrá ejercerse, indefectiblemente, a partir de las elecciones de 2014”.
Voces con peso
Adolfo Garcé Politólogo
Para el politólogo Adolfo Garcé, “todas las reformas que incorporan el voto de los ciudadanos que viven en el exterior, siempre tienen un componente electoral y eso siempre forma parte del debate en todas partes”.
Según dijo el politólogo a El Observador, en las últimas experiencias de Latinoamérica, como en México o en El Salvador, se ha observado eso. “Quienes promueven el voto desde el exterior son siempre los que piensan que ganan, independiente de argumentos de fondo de carácter social que realmente hay”, explicó.
Según escribió Garcé en un libro que publicará la próxima semana la Fundación Rumbos, y que es editado por el sociólogo y presidente del Partido Independiente, Pablo Mieres, 115 de los 214 países considerados democráticos autorizan alguna forma de votación a sus ciudadanos en el extranjero.
miércoles, 25 de febrero de 2009
Nuevo paso parlamentario
Casi en el final del período de gobierno, el Frente Amplio dará el paso prometido en su programa de 2004 para consagrar el voto de los uruguayos en el exterior.
miércoles, 18 de febrero de 2009
Gestiones parlamentarias
Lunes 16 de febrero de 2009
Tal como lo decidiera la Mesa Política en diciembre, los legisladores tenemos en consideración el texto para presentar un proyecto de Reforma Constitucional a ser votado en las elecciones del presente año con el fin de habilitar el voto de los uruguayos que viven en el exterior.
TEXTO PARA VOTO EN EL EXTERIOR
"Agréguese al Articulo 77 de la Constitución el siguiente numeral: 13º.- Los ciudadanos uruguayos habilitados para votar tienen derecho a ejercer el sufragio en elecciones, plebiscitos o referéndum, desde cualquier país donde residan o se encuentren. A tales efectos la Corte Electoral reglamentara el envío de las hojas de votación a los ciudadanos inscriptos, al domicilio donde residan. Adoptará asimismo los criterios de seguridad necesarios para garantizar la autenticidad del voto.Este derecho podrá ejercerse, indefectiblemente, a partir de las elecciones de 2014"
Las decisiones de la forma y el momento de presentación se definiran en el correr de estos días con el cro. Rodolfo Nin.